Grindetti visitó a una vecina de Lanús Este que inscribió su vivienda como bien de familia sin costo ni necesidad de viajar a La Plata

El intendente Néstor Grindetti compartió junto a una vecina de Lanús Este, la entrega de la documentación de inscripción de su propiedad como Bien de Familia, trámite al que accedió sin costo alguno y con la asistencia del Municipio a partir de un convenio suscripto con el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.



Junto a la secretaria de Gobierno Adriana Storni, Grindetti visitó la vivienda de Lanús Este, cuyo trámite de protección y afectación como Bien de Familia se había iniciado dos meses atrás a partir de su consulta y la orientación obtenida en el Centro de Atención Vecinal.

Tras destacar la celeridad de la gestión íntegramente digital y gratuita, durante el encuentro con el intendente Grindetti también se valoró la importancia de acceder al beneficio sin necesidad de trasladarse a La Plata -sede del Registro de la Propiedad provincial- o recurrir al servicio de un escribano.

A partir de 2020 el Municipio de Lanús puso en marcha este programa de asistencia y beneficio a los vecinos propietarios de inmuebles en todo el distrito. Se impulsó a partir de un convenio suscripto con el organismo provincial para facilitar el acceso al régimen de Protección de la Vivienda, tradicionalmente conocido como Bien de Familia,

Desde su inicio y hasta la actualidad el Municipio de Lanús avanzó en la gestión y entrega de 115 trámites como al que hoy accedió la vecina de Lanús Este, y en breve se sumarán una docena de expedientes en proceso de finalización.

El beneficio al que se accede por intermedio de la Secretaría de Gobierno local, está orientado a quienes ya poseen escritura, con el objetivo de proteger la vivienda familiar y garantizar que no pueda ser ejecutada ni rematada -ni siquiera en caso de concurso o quiebra- por deudas posteriores a su inscripción.

Así podrán ser favorecidos el propietario, que puede designarse beneficiario a sí mismo, su cónyuge, su conviviente, sus ascendientes o descendientes.También se considerará a los parientes colaterales dentro del tercer grado, que convivan con el constituyente.

El trámite se podrá realizar a través de la página web www.lanus.gov.ar, el teléfono gratuito del Municipio 0800 333 5268 o con turno previo en la sede del Centro de Atención al Vecino (CAV), ubicado en Av. Hipólito Yrigoyen 2863, lindero al Palacio Municipal, y en un sector especialmente destinado a la Dirección de Regularización Dominial.

Se podrán afectar inmuebles destinados a vivienda, sin importar su valuación fiscal, por su totalidad o hasta una parte de su valor. La existencia de una hipoteca vigente que grave el inmueble, no es obstáculo para la afectación al Régimen de Protección de la Vivienda.

En caso que la vivienda se encuentre registrada a nombre de varias personas, todos deberán proceder a la afectación en forma conjunta y no es necesario que los condóminos tengan vínculo familiar entre ellos. En caso que existiera usufructo sobre el inmueble, el usufructuario deberá dar su consentimiento.

Requisitos

Acreditar vínculo con los beneficiarios: el parentesco entre el titular y sus beneficiarios (esposo/a, hijos) con:

En caso de convivientes (unión convivencial, “parejas de hecho”) bastará con la simple manifestación del titular.

Fotocopia de todos los originales detallados: deberán acompañar un juego de fotocopias completo de toda la documentación.

Constancia de CUIL o CUIT del propietario (imprimir de la página web de la ANSES).

Boleta de ABL: Última boleta paga del ABL (no tener deudas con municipalidad)

Documentación requerida:

- Título de Propiedad original (Escritura de compra-venta).

- DNI del propietario.

- Constancia de CUIL/CUIT (de la página web de ANSES).

- Boleta de ABL: Última boleta del ABL (no tener deudas con municipalidad)

- Fotocopia de todos originales.

Grupo conviviente (esposos/pareja, hijos).

Puede incluirse en la protección al grupo familiar directo. Para ello debe acompañar:

- Libreta de familia (Registro de las personas); ó en su lugar

- Certificado/Partida de Matrimonio y de Nacimiento de hijos.

- Fotocopia de DNI del familiar directo.

- En caso de unión convivencial/parejas de hecho, bastará con la simple manifestación del titular.

Fuente: (Zona Sur Diario)

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